La era de Internet ha dado a los usuarios acceso a una gran cantidad de información: trabajos de investigación, imágenes, infografías, vídeos, composiciones musicales, programas informáticos…
¿Qué información puedo descargarme y a cuál no tengo derecho?
¿Puedo hacer uso de algún tipo de información para realizar mi página web, una presentación o cualquier tipo de trabajo profesional o privado?
¿Qué obligaciones implica la descarga de programas informáticos de uso libre?
Estas y otras preguntas tienen respuesta conociendo cuáles son los diferentes tipos de licencias y derechos de autor que existen en Internet.
En los siguientes minutos aprenderemos cuáles son y en qué consisten.
A lo largo de esta unidad vamos a trabajar una serie de conceptos que requieren de unos conocimientos previos básicos que permitirán el seguimiento del curso sin dificultad.
Además, ponemos a tu disposición los recursos didácticos necesarios para poder realizar un óptimo seguimiento.
Para realizar este curso es necesario que tengas una experiencia previa en el uso del ordenador, sabiendo distinguir conceptos como software o sistema operativo, así como saber navegar en Internet con el objetivo de buscar información y contenido, tanto en el ámbito profesional como privado.
Para entender el funcionamiento de los tipos de licencias y derechos de autor que existen en Internet, es preciso conocer en primer lugar, cuáles son los tres vértices del triángulo que conforman todo este entramado:
Es la persona que crea la obra, el sujeto que realiza una labor intelectual, expresando y materializando sus ideas en creaciones y contenidos.
Existe una gran cantidad de normas que regulan los derechos de autor, tanto a nivel estatal como mundial.
La legislación protege a los autores de una obra intelectual mediante la creación de patentes, derechos de autor y marcas que les permiten preservar tanto el reconocimiento de la autoría como los beneficios económicos generados por la creación de la misma.
Recuerda
Los derechos de autor se refieren a aquel conjunto de normas que amparan a una persona o empresa sobre la creación de una obra de su autoría, ya sea artística, cultural o científica.
El gran universo de los tipos de licencias y derechos de autor, que existen en Internet, nos lleva a diferenciar dos grandes campos:
En los dos siguientes bloques veremos los aspectos que conciernen a cada caso.
Un aspecto que con frecuencia confunde al usuario de los ordenadores es el tipo de licencia con la que cuentan los distintos programas que tienen instalados.
Hace unos años, la mayoría del software (programa informático) existente en los equipos de casi todos los hogares y oficinas era con licencia privada y adquirido con un coste.
Afortunadamente, en la actualidad, diferentes grupos de trabajo en todo el mundo han ido creando programas informáticos libres y gratuitos que sustituyen a los llamados privativos, en muchos casos, a la perfección.
Repasemos a continuación qué tipos de licencias de programas informáticos podemos encontrar en el mercado.
Se trata de cualquier programa informático cuya copia, redistribución o modificación están, en alguna medida, prohibidos por su propietario.
Es decir, para usar, copiar o redistribuir el programa es necesario solicitar permiso al propietario o pagar.
Pero ojo: no todo el software propietario distribuido implica que la empresa que lo comercializa quiera obtener un beneficio económico directo de él. Es decir, hay versiones de software privativo que se comparten gratuitamente.
Es aquel tipo de software disponible para cualquiera que desee utilizarlo, copiarlo y distribuirlo, ya sea en su forma original o con modificaciones.
A menudo se confunde software libre con software gratuito.
Aunque es cierto que buena parte de los programas informáticos libres son gratuitos, hay excepciones y existen programas de software libre por los que hay que pagar (en este caso se clasificarían como software libre comercial).
Otros casos que os sonarán de software libre gratuito frente a su equivalente en el privativo comercial son los siguientes:
Hay muchos más casos. En el campo de los sistemas operativos (más información aquí) , destacan GNU y Debian.
La Licencia Pública General (GNU) es la licencia que acompaña a los paquetes distribuidos por el Proyecto GNU (más información aquí), y es la licencia más ampliamente utilizada en el mundo del software.
Richard M. Stallman, es el padre del movimiento software libre y cofundador del sistema operativo Gnu/Linux, rival de Windows, cuyo fundador fue Bill Gates, estandarte del sistema operativo propietario y comercial.
Sabías que...
El proyecto GNU fue iniciado por Richard Stallman con el objetivo de crear un sistema operativo completamente libre: el sistema GNU.
Debian es una comunidad, conformada por desarrolladores y usuarios, que mantiene un tipo de sistema operativo GNU basado en software libre.
No vende directamente este software, sino que lo pone a disposición de cualquiera en Internet, permitiendo a otras personas o empresas que lo distribuyan comercialmente mientras que se respete su licencia.
Actualmente, el proyecto incluye más de mil desarrolladores.
Esta licencia contiene criterios para la distribución que además de la exigencia de publicación del código fuente, incluye:
Un software es dominio público cuando:
Es decir, si un autor condiciona su uso bajo una licencia, por muy débil que sea, ya no es del dominio público.
El software semi-libre. es aquel que no siendo libre, sí que permite. que otros usuarios o empresas lo usen, lo copien, lo distribuyan y hasta lo modifiquen..
Entre los ejemplos más conocidos de software semi-libre encontramos las primeras versiones del navegador de Microsoft Internet Explorer. o algunas versiones de otros navegadores ya desparecidos como Netscape. y StarOffice.
El obsequio de programas informáticos es una pauta muy común en empresas que venden productos o servicios de tipo técnico, enfocando estos programas a ingenieros, arquitectos y otros profesionales relacionados.
Otro ejemplo muy claro es el popular programa de diseño de interiores de ikea (accede al programa en este enlace) . En este caso enfocado a usuarios particulares. El objetivo principal es que el cliente compre el mobiliario en dicha multinacional.
El Shareware es una modalidad de distribución de software en la que el usuario puede evaluar de forma gratuita el programa, pero con limitaciones en cuanto al tiempo de uso o respecto a las herramientas que contiene, no mostrándose inicialmente todas las disponibles.
El objetivo es que el usuario valore o pruebe de manera inicial el programa de forma que si le gusta, posteriormente adquiera una licencia que le permita el uso completo del mismo.
El usuario, normalmente, no tiene acceso al código fuente y por tanto no puede modificarlo.
Abarca las licencias Adware, Trial y Demo. Veamos en qué consisten cada una.
Un software de tipo Adware es aquel que muestra publicidad al usuario durante su instalación o bien durante su propio uso con el objetivo de generar un beneficio económico a sus autores.
Cuando el usuario hace un pago de toda la licencia, toda esta publicidad (web) desaparece y puede disfrutar de una versión del programa informático normal.
¡CUIDADO! Ciertos programas Adware están considerados como Spyware.
Esto quiere decir que el programa obliga al usuario a usar un determinado buscador web que en muchas ocasiones es un espía de la actividad que lleva a cabo dicho usuario en Internet.
De hecho, existen muchos programas anti-Adware, para combatir los efectos que estos programas pueden dejar en los equipos informáticos.
Afortunadamente, es un tipo de licencia muy poco usada. Un ejemplo es el Ashampoo Burning Studio.
Se trata de una versión de un programa de pago (comercial y normalmente propietario) que bajo unas circunstancias determinadas puede ser usado gratuitamente.
Generalmente, se trata de programas de alto coste económico en el que el creador ofrece al cliente la posibilidad de evaluar el software temporalmente.
Pasado ese tiempo de evaluación, el usuario decide si adquirir el programa en una licencia de uso completa.
Ejemplos de este tipo de programa son softwares de diseño gráfico, de ofimática o de dibujo asistido por ordenador. Uno de los casos más conocidos es el de Adobe que ofrece en este enlace (descarga aquí) la prueba de todos sus productos.
Un software Demo o de versión de demostración, se trata de una licencia del programa informático liberada por el autor, que no cuenta con todas las características, herramientas y comandos del programa original.
El mercado de los programas informáticos ofrece otros tipos de licencia más extraños cuyo uso no está tan extendido. Veamos de forma superficial varios ejemplos.
Licencia BSD: impone pocas restricciones sobre la forma de uso, alteraciones y redistribución del software. Puede ser vendido y permite el uso del código fuente en software no libre.
Cuando accedemos a Internet para hacer uso de un recurso como una imagen, un texto, un vídeo o una pieza musical debemos tener en cuenta si dicha obra puede ser utilizada o no, plena o parcialmente.
Los diferentes grados de licencia existentes se pueden agrupar en: contenido libre, Copyleft y Copyright.
Por ello, cuando realizamos una búsqueda en Internet hay que tratar de localizar las advertencias que aparecen sobre la licencia de la obra en cuestión.
El contenido libre es aquel que no posee restricciones legales para su uso. Se podría clasificar como contenido público y aquellas obras, que, aún teniendo derechos de autor, tienen un tipo de licencia que permite su reutilización.
Son recursos de dominio público aquellas imágenes, textos, vídeos, infografías o piezas musicales, entre otros, cuyos derechos de autor han expirado.
El tiempo para que el derecho de autor expire depende, entre otras causas, de los años transcurridos desde la muerte del autor. Por ejemplo, en España ese plazo es de 70 años.
Haz clic aquí para visualizar un Diagrama de flujo para calcular el dominio público en España
Dentro del dominio público podemos incluir las obras huérfanas y las obras anónimas.
En este enlace puedes localizar si una obra puede ser de dominio público.
Para saber si una obra es de dominio público hay que investigar…
En este enlace puedes localizar si una obra puede ser de dominio público.
Por ejemplo, una obra de dominio público como ‘El grito’ del pintor Edgar Munch aparece en Internet en un formato original y modificado. Por tanto, puede ser copiada, adaptada y distribuida gratuitamente por cualquier persona.
Respecto al resto del contenido libre, es preciso encontrar una declaración en la web que indique de forma explícita generalmente por medio de la referencia o inclusión de cláusulas de licencia que acompañan la obra, que los contenido compartidos en este sitio son libres.
Este término anglosajón hace referencia a que el autor hace uso de su derecho de copia (Copyright).
Es decir, el autor decide cómo se usa su obra y a quién hay que pedirle permiso expreso para poder usarla, reproducirla y cómo no comercializarla.
Generalmente, de concederse ese permiso, solo otorga la publicación de parte o toda su obra, bajo una serie de condiciones como pueden ser la mención, el pago o la limitación por un tiempo a su uso.
Se representa con una c dentro de un círculo.
Copyleft es el término usado mayoritariamente para referirse a las licencias libres, aquellas con las que el autor regula el uso de su obra.
A diferencia del contenido libre que puede usarse sin ninguna condición o del Copyright, en la que el autor lo prohíbe salvo su consentimiento, el Copyleft supone un grado intermedio en el que de partida el usuario puede usar el recurso aunque, haciendo caso a las pequeñas condiciones que indica el autor.
Se presenta con una c invertida dentro un círculo.
El tipo de licencia Copyleft más popular que existe es la licencia Creative Commons, aunque también son importantes ColorIURIS y GPL.
Creative Commons es una organización internacional sin ánimo de lucro que ofrece un abanico de licencias que abarcan desde el tradicional sistema de derechos de autor hasta el dominio público.
Mediante las licencias Creative Commons el autor autoriza el uso de su obra, pero la obra continúa estando protegida.
Las 4 condiciones que generan las 6 Licencias son:
Reconocimiento:
El contenido creado puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceras personas si se muestra en los créditos.
No comercial:
El contenido original y los trabajos derivados pueden ser distribuidos, copiados y exhibidos mientras su uso no sea comercial.
Sin Obra Derivada:
El contenido creado puede ser distribuido, copiado y exhibido, pero no se puede utilizar para crear un trabajo derivado del original.
Compartir Igual:
El contenido creado puede ser modificado y distribuido pero, bajo la misma licencia que el material original.
En base a esas cuatro condiciones combinadas, el usuario que encuentra un contenido Creative Commons en Internet para utilizarlo de alguna forma, debe actuar con dicho material de acuerdo a lo que se indique en cada caso, respetando fielmente lo que la licencia indica.
Veamos qué nos dicen esos 6 tipos de licencia uno a uno.
El contenido puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
El contenido creado puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
No se pueden realizar obras derivadas.
El contenido puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
No se puede obtener ningún beneficio comercial ni se pueden realizar obras derivadas.
El contenido puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
No se puede obtener ningún beneficio comercial.
El contenido puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
El contenido puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
En resumen respecto a las licencias Creative Commons….
¿Se puede añadir una licencia CC a un programa de ordenador?
No es recomendable, es preferible utilizar las licencias de software que ya están disponibles como las que ofrece la Free Software Foundation o la Open Source Initiative.
Las licencias Creative Commons no hacen mención de la fuente o código fuente de programación.
Anteriormente hemos mencionado que el tipo de licencia Copyleft más popular que existe es la licencia Creative Commons, pero también son reseñables los casos de ColorIURIS y GPL.
La licencia GPL la vimos detalladamente en las licencias de tipo software. También está presente en los contenidos multimedia e imágenes, aunque está orientada principalmente a proteger los derechos de los programas informáticos.
La FSF (Free Software Foundation) (puede obtener más información en el haciendo clic aquí) es quién mantiene y defiende la Licencia Pública General de GNU.
ColorIURIS es un sistema que nació en Zaragoza en 2005.
Es un sistema mixto de autogestión y cesión de derechos de autor en línea a partir del modelo continental con efectos legales para creadores de 25 países, entre ellos España.
Combina herramientas web y herramientas jurídicas para que los titulares de derechos de autor puedan registrar sus contenidos digitales y autogestionar sus derechos de autor (de forma gratuita o remunerada) dentro y fuera de la red.
Siempre existe la posibilidad de buscar imágenes en páginas webs especializadas en ofrecer gran cantidad de este tipo de archivos.
Son los llamados bancos de imágenes, que pueden ser gratuitos o de pago, donde se pueden conseguir trabajos con una gestión correcta de los derechos de autor y de gran calidad.
Algunos son iStockPhoto, GettyImages, ShutterStock, BigStock, Fotolia, etc.
O bien recurrir a otros sitios webs donde se ofrecen imágenes con derechos cedidos, de acceso abierto. En este caso el abanico también es amplio. A continuación, dejamos una serie de enlaces a como referencia.
A lo largo de esta acción formativa hemos descubierto la importancia que tiene la existencia de los derechos de autor, tanto para conservar las creaciones intelectuales adecuadamente como para respetar el esfuerzo y el patrimonio del creador.
En Internet la mayoría del contenido está protegido con derechos de autor, por lo que es importante saber qué tipo de licencia tiene cada recurso o programa informático encontrado y qué obligaciones o derechos conlleva su utilización.
La aparición en los últimos años de contenidos y programas libres o con algunos derechos reservados ha propiciado el buen uso de los recursos en Internet, permitiendo el respeto de la obra de los autores, además de favorecer el aprovechamiento de dichos contenidos y del software por parte de los usuarios.