Los puntos de más interesantes para la realización de la instalación interior los podemos resumir en los siguientes aspectos:
Protección contra retornos, indica donde instalar las válvulas antirretornos.
Condiciones mínimas de suministro, tabla de caudales de AF y AC Sanitaria.
Presiones mínimas en los puntos de consumo (1 kg/cm² para grifos y 1,5 kg/cm² para fluxores y calentadores).
Instalación del filtro de la instalación general, después de la llave de corte general.
Elementos del armario o arqueta del contador general.
Registros para la inspección y el control de fugas en la tubería de alimentación.
Pre-instalación eléctrica para la lectura a distancia del contador.
Separación respecto de otras instalaciones, no inferior a 30 cm de cualquier tipo de canalización eléctrica o electrónica, 3 cm de las de gas y 4 cm del ACS y siempre por debajo.
Señalización de las diferentes instalaciones, AF, ACS, CPI, pozo…
Cálculo del depósito auxiliar de alimentación, V = Q ● t ● 60 o norma UNE 100:030:1994.
Desagüe a red de saneamiento en el armario del contador general.
Al igual que el Reglamento nos dirige al Código Técnico de la Edificación, este nos dirige a otras normativas que debemos tener en cuenta y que afectan a las instalaciones de agua de consumo humano:
Otras normativas
- Real Decreto 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE.
- Normas UNE de referencia.
Y estas normativas nos llevan a su vez a otras, como puede ser:
- Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
Es decir, debemos tener en cuenta que no existe un único Reglamento, Decreto, Real Decreto o norma que nos informen de cómo debe ser una instalación de agua, sino que es un compendio de Normas, que debemos tener en cuenta a la hora de realizar una instalación interior de agua para consumo humano. Las más importantes las vamos a desarrollar en el siguiente apartado.