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5.1.- Parámetros

¿Cuáles son los parámetros establecidos en el Real Decreto 140/2003?

El Real Decreto 140/2003 establece que el Gestor, debe aplicar en la parte del abastecimiento que gestiona, las medidas necesarias para el cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en el Real Decreto. Proporcionando al siguiente Gestor del abastecimiento, en el modo que ambos determinen, los datos de calidad del agua en el punto de entrega. Es obligatorio poner en conocimiento de la población y/o cualquier gestor afectado, de las situaciones de incumplimiento que impliquen pérdida de potabilidad del agua. Comunicando las medidas las medidas correctoras.

En las instalaciones de abastecimiento, captación, depósitos, etc. existentes y de la responsabilidad del Gestor, deberá estar provista de las medidas de protección necesarias para evitar la contaminación o degradación del agua en la instalación. Entre estas medidas deberán incluirse las necesarias para impedir el acceso intencionado o accidental a la captación de personas ajenas a la misma. Para la realización de un nuevo depósito de abastecimiento, o la remodelación de uno existente, el proyecto técnico deberá incluir un informe sanitario vinculante. La puesta en funcionamiento del nuevo depósito o remodelación de uno existente, requiere un informe sanitario basado en la inspección, y en la valoración y seguimiento de los resultados analíticos de los parámetros que, en cada caso, se determinen.

En los depósitos existentes en el que se realice una desinfección del agua de consumo deberá estar dotado de un sistema de desinfección automático. Para las redes de abastecimiento, de nueva construcción, o remodelación de un nuevo tramo de red de distribución de longitud mayor a 500 metros deberá tener informe sanitario vinculante.

Presta atención

Las redes de distribución serán de tipo mallada en la medida de lo posible, eliminando puntos y situaciones que faciliten la contaminación o el deterioro del agua distribuida. Ante situaciones anómalas las redes de distribución deberán tener mecanismos adecuados que permitan su cierre por sectores, con el fin de poder aislar áreas concretas ante situaciones anómalas.