La acometida es del dominio de la Entidad Suministradora, quién correrá con los gastos de conservación y mantenimiento de las mismas. Referente a las redes de abastecimiento no existe una normativa para la realización de las redes, a diferencia de las instalaciones interiores.
Sin embargo, en este caso, la mayoría de las empresas Suministradoras sí disponen de un compendio de normas e instrucciones técnicas para la instalación de redes de abastecimiento y sus elementos, donde establecen y regulan las características generales que deben tener las redes de agua potable.